Mesas Examinadoras Especiales

Requisitos para la inscripción:

Art. 40 (RAM) – Todo estudiante tendrá derecho a Mesa examinadora especial en los siguientes casos:

a) Cuando adeudes hasta dos materias del último año de la carrera para finalizar tus estudios.
 
b) Cuando, por razones de enfermedad, causa grave de índole familiar, laboral u otros motivos debidamente justificados, fehacientemente comprobados en tiempo y en forma, no
pudieras presentarte a rendir examen en la fecha y horario estipulado.
 
c) Cuando caducaren los Planes de Estudio con los cuales cursaste.
 
d) Cuando adeudes hasta dos unidades curriculares requeridas para cursar los talleres de docencia/prácticas profesionalizantes correspondiente correlativos.
 

 

La solicitud  se hará  presentando la planilla correspondiente en Secretaría según calendario jurisdiccional.